Objetivos de APTN-COFENAT

 

APTN-COFENAT es una entidad asociativa y profesional de ámbito nacional inscrita en el Registro de Asociaciones sindicales y Empresariales y constituida por tiempo indefinido.


Objetivos:

  • La defensa de la profesión de los Técnicos en Terapias Naturales, así como la defensa y representación de los intereses de sus asociados.
  • Ostentar en su ámbito la defensa y representación de las distintas Técnicas y Terapias Naturales ante la Administración, Instituciones, Tribunales, entidades y particulares, con legitimación para ser parte en cuantos litigios afecten a los intereses profesionales y ejercitar el derecho de petición, conforme a la Ley, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 3 del art. 1º de la Ley 19/1977 de 1 de Abril.
  • Ordenar en el ámbito de su competencia la actividad profesional de los asociados, velando por la ética y dignidad profesional y el respeto debido a los derechos de los particulares, ejerciendo la facultad disciplinaria en el orden profesional, sin perjuicio de lo establecido en la legislación vigente.
  • Adoptar las medidas conducentes a evitar el intrusismo profesional y el confusionismo con otras actividades ajenas al correcto ejercicio y aplicación de las Terapias Naturales, supervisando que todos los asociados tengan la capacidad técnica necesaria para el ejercicio profesional, disuadiendo el ejercicio de la profesión con titulaciones no homologadas legalmente, o no consideradas suficientes por el oportuno organismo de esta entidad.
  • Regular los honorarios mínimos, cuando aquellos no devenguen en forma de aranceles, tarifas o tasas.
  • La promoción del cuidado de la salud de acuerdo con los criterios propios las distintas corrientes del cuidado natural de la salud (terapias naturales) y la aplicación de las mismas en consonancia con las terapias convencionales en el marco de un concepto integrador de la sanidad, ejercida de forma multidisciplinar.
  • Promover la existencia de profesionales especialmente formados, capacitados para ejercer este concepto de cuidado de la salud, como vía para su reconocimiento y valoración por la sociedad a la que sirven.
  • Promover la dotación y desarrollo del marco legal y de los medios formativos, laborales y materiales que sean necesarios para que los profesionales puedan ejercer su labor asistencial con plena legalidad, al igual que el resto de profesionales que velan por la salud de sus conciudadanos, en colaboración con ellos.
  • Promover la existencia de titulaciones académicas regladas y de sus planes de estudio oficiales que cubran los distintos niveles del sistema formativo de España y de la Unión Europea, que sean impartidas y acreditadas por centros oficialmente reconocidos por el Estado Español, de manera que se garantice plenamente ante la sociedad: el nivel formativo mínimo imprescindible para el ejercicio de las terapias naturales, la necesaria y adecuada capacitación técnica de estos profesionales y las condiciones mínimas del ejercicio profesional.
  • Promover el asociacionismo de estos profesionales para la mejor defensa de los intereses que les son propios y los de los pacientes o usuarios que deseen optar por el cuidado de su salud desde estos criterios integrativos, así como los intereses de la sociedad en general en cuanto al área de la salud se refiere.
  • Crear un Registro de Profesionales de las Terapias Naturales con mención expresa de sus titulaciones generando un órgano de acreditación y autorregulación de la actividad profesional de sus asociados.
  • Promover en el ámbito de la Unión Europea un Consejo General Europeo de los Profesionales de las Terapias Naturales.
  • Crear un Registro de Peritos Judiciales en Terapias Naturales, cuya relación de componentes sea facilitada al Poder Judicial, al Ministerio de Justicia, a las correspondientes Consejerías de Justicia y a las correspondientes Guías Autonómicas de Peritos Judiciales.
  • Otros que la Junta Directiva pudiera proponer a la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, y ésta aprobar, siempre que estén directa o indirectamente relacionados con el ámbito del cuidado natural e integrativo de la salud.

 

Extracto Estatutos

 

Con la denominación de APTN-COFENAT, se constituye una entidad asociativa y profesional de carácter profesional que se acoge a lo dispuesto en la Ley Orgánica 19/1977, de 1 de Abril, y normas complementarias, con capacidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro. Su ámbito de actuación es todo el territorio nacional. Su ámbito de actuación principal será en todo el territorio español. No obstante, también se considerará ámbito de actuación de la asociación cualquier referencia geográfica (sea de carácter comunitario o internacional) en la que la asociación despliegue sus actividades. APTN-COFENAT tiene personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar, autonomía y libertad económica, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, rigiéndose por sus propios estatutos.

El objetivo fundamental de APTN-COFENAT es la representación y defensa de los intereses de todos los profesionales que ejerzan en el ámbito territorial del Estado Español y que trabajan con Métodos Naturales de Salud, cuya denominación en la Unión Europea es la de Medicinas No Convencionales y Medicinas Tradicionales según la Organización Mundial de la Salud.

 

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APTN. Los Profesionales de las Terapias Naturales. Nuñez Morgado, 4. 28036 Madrid | Tel.: 91-314.24.58 | info@cofenat.es